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Buenos días Aurora Derechos

Información útil en tiempos de cuarentena

Si trabajo desde casa ¿me cubre la ART? ¿Dónde deben quedarse los menores durante la cuarentena en caso de tener papás separados? ¿Cómo funcionan los barrios privados? Enterate de todo en esta nota.

Sabado, 28 de Marzo de 2020
El avance del coronavirus en el mundo cambió la vida de todos. El aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige en el país desde el 20 de marzo, y con posibilidad de extensión hasta mediados de abril, nos llevó a cambiar de manera abrupta nuestros hábitos.

Durante la cuarentena, el abogado Sebastián Leoz Moretta (Mat 10777) se puso al servicio de la comunidad compartiendo información útil con detalles legales a tener en cuenta. En diálogo con "Buenos Días Aurora" comentó los siguientes:
 
• HOME OFFICE: “La ART debe cubrir a los trabajadores que se han visto obligados a trabajar desde su casa. Es importante que sepan que los empleadores deben informarle a la ART quienes son los que están trabajando con esa modalidad, con domicilio y el horario específico en el que lo hacen”.
 
• PLAN DE PARENTALIDAD: “La cuarentena suspendió el plan de parentalidad compartido, los chicos deben quedarse donde tengan el centro de su vida habitual, o donde sea más conveniente para el niño. Los chicos no deben ser trasladados, pero si uno de los padres debe ir a trabajar por estar exceptuado, puede autorizar al otro progenitor a que vaya al domicilio a cuidar al niño. Las familias deben realizar un esfuerzo en esta etapa, y se deben respetar los derechos de comunicación en este caso por teléfono o videollamada”.
 
• TARJETAS DE CRÉDITO: “El Banco Central dispuso que las obligaciones financieras vencen durante la cuarentena, se traslada ese plazo al 1 de abril, aunque hay que esperar la confirmación de la extensión de la cuarentena. Esto incluye préstamos personales y préstamos hipotecarios”.

• ADULTOS MAYORES: “Asistir a un adulto mayor es una de las excepciones del DNU,  pero hay que descargar una declaración jurada de la página del Ministerio de Desarrollo social para poder circular. Es válida para familiares y cuidadores profesionales”. (Descargala aquí)

• BARRIOS PRIVADOS: “Las limitaciones de la cuarentena rigen a todos por igual, no se puede salir a correr o trotar por el barrio”.
 
• DESPIDOS: “Todas las personas que trabajen en relación de dependencia, tienen derecho a que se les pague su salario correspondiente, aunque por razones de fuerza mayor no hayan podido asistir. Los trabajadores informales pueden denunciar, ahora y siempre, en la subsecretaría de trabajo que los tienen “en negro” y exigir que los formalicen. En el caso de esas personas que hayan perdido su trabajo, después de radicar la denuncia, se enviará el telegrama correspondiente a sus empleadores y se iniciarán las acciones legales correspondientes”.
 
Pueden seguir la cuenta de Sebastián en Instagram como @legalcovid

Escuchá la entrevista completa acá: